Tampocodiferencia si hay un único titular de la cuenta o varios, sino que embarga todo el saldo existente. “El banco que recibe la orden de embargo no comprueba que el saldo que existe en las cuentas sea una cantidad que se considere “ahorro”, y por tanto embargable, o se considere inembargable por corresponder únicamente a las
Elembargo es una medida cautelar, que solo puede estar autorizada y firmada por un juez, previo al inicio de un juicio. El embargo puede recaer sobre cualquier bien que esté a nombre del deudor, también puede recaer sobre el salario o si posee cuente bancaria puede recaer sobre ésta última.Noobstante, hay que acudir al artículo 4 del Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero para saber qué porcentajes se pueden embargar: -Entre el 21% y el 30% si la pensión es igual o superior a la
T6jzNHU. 196 194 324 154 293 150 250 322 155